El cliente, al que incluyeron “sin causa justificada” en una
lista de morosos, recibirá 6.000 euros por los daños morales
Un vecino de Gijón será indemnizado con 6.000 euros después
de lograr que el juzgado reconociese que una compañía de teléfonos vulneró su derecho al honor al
incluirle “sin causa justificada” en
una lista de morosos, que le causó
distintos perjuicios morales y personales cuando se le denegó financiar un billete de avión para reencontrarse con su familia por este
problema.
Los abusos que en ocasiones
cometen las compañías de teléfono –así los destaca el magistrado
en la sentencia– tienen amparo judicial. El mejor ejemplo es este gijonés que llevaba varios años siendo el titular de una línea de teléfono móvil y que además tenía contratados los servicios de internet
(fibra), televisión y teléfono fijo.
En el mes de diciembre de 2017
–la sentencia todavía llegó este
año– la compañía le envió una factura de 132,94 euros con la que no
estaba de acuerdo, lo que motivó
que diese la orden de cancelación
del servicio a través de atención al
cliente.
Una vez tomada esa decisión, y
tras devolver el recibo, este vecino
gijonés, representado en esta causa por los abogados Javier Dapena
y Javier Fernández Alonso, realizó
la portabilidad de sus servicios de
internet, telefonía y televisión con
otra compañía.
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